Oficina Técnica
Oficina Comercio y Territorio – PATECO
Plaza Alfonso el Magnánimo n.12-1º-1ª
46003 València
El objeto de las ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes.
¿Quién puede iniciarlo?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes:
1. Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
2. Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según: CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
Conceptos subvencionables
1. Se considerarán subvencionables las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electónico, en los establecimientos ubicados, o a implantar, en los municipios de menos de 1000 habitantes de la Comunitat Valenciana. Estos establecimientos podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada.
2.La subvención podrá alcanzar el 60% con el límite, por solicitante, de 20.000 euros en 3 años.
3. Se consideran apoyables las actuaciones realizadas DESDE EL 1 DE ENERO DE 2023 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2023.
Más información: AVALEM COMERÇ RURAL