Oficina Técnica
Oficina Comercio y Territorio – PATECO
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46003 València

La presente resolución establece las bases reguladoras y el procedimiento de gestión de la concesión de ayudas, en forma de subvenciones de capital, con destino a la inversión en la ejecución de proyectos de innovación tecnológica, sostenible, social e inteligente, que impulsen la integración de las tecnologías habilitadoras digitales en las pymes englobadas en la definición que de ellas se contiene en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión Europea, cuyo domicilio social o establecimiento de producción se sitúe en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana
Pymes, empresas y personas autónomas cuya sede social o establecimiento de producción esté ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento en que la ayuda se haga efectiva.
Gastos subvencionables
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos que impulsen la integración de tecnologías habilitadoras digitales en las pymes para favorecer su transformación digital, mejorar su competitividad y adaptarlas a los desafíos del entorno actual. Los proyectos deberán permitir la implementación en la pyme, empresa o persona autónoma solicitante, de soluciones innovadoras a través de las tecnologías habilitadoras digitales, en relación con los siguientes ámbitos subvencionables:
Para cada una de estas temáticas, serán subvencionables la inversión en hardware, software o adquisición de licencias y alguna de los siguientes conceptos:
1. Diagnóstico de necesidades: Evaluación de la situación actual de la empresa en el ámbito de interés.
2. Implementación: Elaboración de un plan de adaptación personalizado para cada empresa beneficiaria.
3. Plan de formación: Definición e impartición de formación para el personal de la beneficiaria con la finalidad de implantar buenas prácticas en el uso de las tecnologías.
Se podrá financiar hasta una anualidad en la suscripción a licencias de software.
Cuando la inversión conste de varias fases de ejecución podrá solicitarse la subvención para una o varias fases con identidad y presupuesto propios. En tal caso, se deberá especificar para qué fase se solicita la subvención.
El presupuesto de la inversión deberá estar comprendido entre un mínimo de 5.000 € y un máximo de 50.000 €, IVA excluido. Pudiéndose presentar hasta dos proyectos por beneficiario (máx. 100.000€)